Toda persona tiene derecho a acceder al servicio público en condiciones de igualdad, y los ascensos será en base al principio del merito. En cumplimiento a la Ley 41-08 sobre Función Público, y al literal j del articulo 3 de la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la información Pública, esta apartado presentara un link con acceso directo al portal concursa https://map.gob.do/Concursa/plazasvacantes.aspx , administrado por el Ministerio Administración Pública, o cualquier otro vinculo que lo reemplace.
La Oficina de Acceso a la Información (OAI), es un mandato de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública Ley 200-04 y el Decreto No. 130-05 que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar a entidades y personas tanto públicas como privadas mediante las informaciones solicitadas.
Dar sostén a los valores de honestidad, integridad, eficiencia, eficacia, calidad y trabajo en equipo de la Armada de República Dominicana, apoyando así los esfuerzos de transparencia institucional.
Garantizar el acceso de los usuarios a la información sobre la gestión de la Armada de República Dominicana como una forma de validar la transparencia de la institución.
El representante de Acceso a la Información, es el responsable de tramitar y facilitar las informaciones requeridas y de ser el canal de comunicación entre la institución, ciudadanos y ciudadanas.
Jaden Arelis Jimenez
Responsable de Acceso a la Informacion (RAI)
Teléfono: 809-533-1161
Extensión: 2244
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Calle Fray Cipriano de Utrera # 1, Centro de los Héroes, La Feria, Santo Domingo, R.D.
Jaden Arelis Jimenez
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Bienvenidos a la sección de Transparencia del Consejo Estatal del Azúcar de la República Dominicana. En este portal hacemos disponible lo requerido en la ley general de libre acceso a la información pública No. 200-04 y su reglamento de aplicación Decreto 130-05, ponemos a disposición en este portal, con la finalidad de garantizar a través de este el ejercicio del derecho fundamental del ciudadano para poder acceder a las informaciones que genera la institución pública.
La ley general de libre acceso a la información pública 200-04, del 28 de junio de 2004, representa la más clara expresión del crecimiento y fortalecimiento democrático en la República Dominicana.
Artículo 5.- "Se dispone la informatización y la incorporación al sistema de comunicación por Internet, o a cualquier otro sistema similar que en el futuro se establezca, de todos los organismos públicos centralizados y descentralizados del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los Municipios, con la finalidad de garantizar a través de éste un acceso directo del público a la información del Estado."
Todos los poderes y organismos del Estado deberán instrumentar la publicación de sus respectivas "Páginas Web".
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